NOTICIAS
De acuerdo a lo estipulado en el numeral 8 artículo 8 de la ley 1437 del 18 de enero 2011 al igual que el decreto 270 del 14 de febrero 2017 que fue compilado en el decreto único reglamentario 1081 del 26 de mayo del 2015 el cual estipula en su artículo 2.1.2.1.20 que «Los ministerios y departamentos administrativos cabeza de sector podrán introducir modificaciones a la agenda regulatoria, informándolas previamente a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República».
Igualmente, en el decreto 1273 del 2020 se estipula que «La obligación de cumplir con la agenda regulatoria es exclusiva para los ministerios y departamentos administrativos de la rama ejecutiva del poder público» a los cuales no pertenece la E.S.E.
La E.S.E. Hospital de Puerto Colombia garantiza que su sitio web https://esehpc.gov.co se encuentra implementando mejoras continuas para asegurar que todas las personas, sin importar sus capacidades, accedan de manera equitativa a los contenidos. Esto incluye textos legibles y ampliables, navegación ordenada, enlaces coherentes, buscador integrado y documentos accesibles, promoviendo una experiencia inclusiva y segura.
Política de participación ciudadana: Documento que describe cómo la entidad promueve y facilita la participación de los ciudadanos en la gestión pública.